El proceso de Inscripción se da únicamente al inicio de cada ciclo escolar, con los alumnos de nuevo ingreso, los cuales realiza su proceso de inscripción a través de una convocatoria que publica el Departamento de Gestión Escolar de la Unidad Académica.
De acuerdo al Reglamento General de Estudios (REG) Artículo 56. El alumno podrá solicitar por escrito, por una sola vez, por nivel de estudios, el cambio de programa académico y/o modalidad educativa y/o de unidad académica. Para ello deberá cumplir con los requisitos que para tal efecto emite la Secretaria Académica a través de una convocatoria.
Es el documento expedido por el Instituto Politécnico Nacional que ampara parcial o totalmente la realización de un programa académico.
Es el documento expedido por el Instituto Politécnico Nacional que ampara la conclusión de un programa académico.
Resolver con los recursos de reconsideración presentados por los estudiantes de nivel licenciatura, a través de la emisión del dictamen correspondiente; con el fin de regularizar su trayectoria escolar dentro de la Unidad Académica y del I.P.N. En qué casos los alumnos deberán solicitar un dictamen de la Unidad Académica.
Nota: La reunión de la Comisión Revisora, se llevará a cabo de acuerdo al calendario de trámites, para revisar las solicitudes y emitir los dictámenes posteriormente, y realizar la entrega en el Departamento de Gestión Escolar.
Órgano Colegiado que emana de los Consejos Técnicos Consultivos Escolares, del Consejo General Consultivo, o es reconocido por éste y se encarga de dictaminar los asuntos derivados de la situación escolar, en los términos de la normatividad aplicable. El objetivo es resolver los recursos de reconsideración presentados por los estudiantes de los niveles medio superior y superior, a través de la emisión del dictamen de situación correspondiente; con el fin de regularizar su trayectoria escolar y recuperar la calidad alumno en el Instituto, en apego a la normatividad aplicable.
1.- Entra a la liga de solicitud de boletas y constancias.
2.- En la pestaña de ingreso introduce tu boleta y contraseña para acceder al sistema.
3.- Selecciona las constancias y/o boletas a tramitar.
Se les comunica que la cuenta bancaria será sustituida, por lo que se les informa que los pagos serán suspendidos hasta nuevo aviso ya que no se podrán emitir recibos, ni realizar devoluciones.
4.- Entregar comprobante de pago en físico en el dpto. de Recursos financieros (planta alta del edificio de gobierno), en el comprobante deberás anexar tus datos: nombre, boleta y programa académico.
5.- Envía al departamento de Gestión Escolar la solicitud de boletas y constancias al correo: gescolar-upiiz@ipn.mx con el título: Solicitud de boletas y constancias, debes agregar en el correo tus datos: nombre, boleta y programa académico.
6.- Solo se tramitarán boletas y constancias que hayan realizado el pago correspondiente (recuerda, sólo si es segunda, tercera, cuarta, etc., constancia o boleta).
7.- Esperar el tiempo de entrega que son 3 días hábiles contados a partir del día siguiente de recibido el correo, y por ese mismo medio será enviada.
8.- Contestar la Encuesta de Calidad.
El examen de título de suficiencia es el que comprende el total de los contenidos del programa de estudios y que el alumno podrá presentar cuando no haya acreditado de manera ordinaria ó extraordinaria alguna unidad de aprendizaje. Favor de Revisar horarios y ubicación en SAES.
El proceso de Reinscripción se realizan los alumnos que pasan de un semestre a otro en cada inicio de un periodo escolar, para ello la reinscripción se realiza a través de una convocatoria que publica el Departamento de Gestión Escolar de la Unidad Académica.
Nota: Entregar comprobante de trámite en el departamento de Gestión Escolar, y de esta manera recoger las credenciales en ventanilla de DAE cada mes.
Permite al alumno el tránsito entre niveles, unidades académicas y modalidades educativas en el Instituto.
Para cursar, recursar o presentar en Evaluación a Título de Suficiencia en Unidades Académicas.
Artículo 3 RGE. Flexibilidad: Característica del plan de estudio que permite al alumno definir su trayectoria escolar dentro del marco de la normatividad aplicable. Artículo 38 RGE. El alumno podrá cursar unidades de aprendizaje en modalidad diferente a la que se encuentra inscrito siempre y cuando cumpla con los requisitos y procedimientos establecidos por la Dirección de Coordinación competente, su oferta esté vigente, sujeta a cupo y deberá incluir la equivalencia correspondiente. El alumno que curse unidades de aprendizaje en modalidades diferentes a la escolarizada, se sujetará a lo previsto en los lineamientos respectivos. Artículo 48 RGE. El alumno de nivel superior que no logre acreditar una o más de las unidades de aprendizaje en las que se haya inscrito podrá: Optar por acreditarlas mediante evaluación a título de suficiencia en los términos que el propio programa de estudios establezca, ya sea en su unidad académica o en cualquier otra que la ofrezca en el Instituto; Recursar por una sola vez en la misma modalidad educativa, en su unidad académica o en alguna otra del Instituto siempre y cuando se ofrezca y el cupo lo permita, y En caso de que aun recursándola en la misma modalidad no logre acreditarla, tendrá la oportunidad por una sola ocasión, de acreditarla en una modalidad educativa diferente a la que originalmente cursó si ésta se ofrece en el Instituto y el cupo lo permite, sin que ello implique el cambio de modalidad en la que cursa el programa académico.
El alumno(a) podrá solicitar la baja de unidades de aprendizaje en las que se encuentre inscrito en el periodo escolar...
El alumno causará baja definitiva de la modalidad educativa o del instituto, cuando lo solicite por escrito...
El alumno podrá solicitar por escrito la baja temporal hasta por dos periodos escolares del programa académico...
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